Una de las últimas normativas que se han incorporado al derecho español es la Directiva 2010/75 mediante la Ley 5/2013  y el Real Decreto 815/2013. Pero antes de detallar las modificaciones que conlleva, veamos la evolución histórica que nos ha llevado hasta ella.

Antes de la Directiva 2010/75/UE

La Comunidad Europea, aplicando el principio de prevención, llevó a cabo una acción bastante ambiciosa: aprobar en 1996 la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación.

Esta Directiva establecía medidas para evitar, o al menos reducir, las emisiones de las actividades industriales a la atmósfera, al agua y al suelo y la generación de residuos. Posteriormente, en 2008, con el objetivo de reunir en un único documento el texto original y las modificaciones sucesivas, se refundieron en la Directiva 2008/1/CE.

Esta Directiva se incorporó a la legislación española, mediante la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (IPPC). La Ley establece un nuevo enfoque sobre el medio ambiente: introduce la necesidad de obtener la Autorización Ambiental Integrada (AAI), para poder iniciar y realizar la actividad; el concepto de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD)  como medida de protección del medio ambiente y la transparencia informativa. Esta Ley, a pesar de aprobarse en el 2002, incluye todos los requisitos que exige la Directiva 2008/1/CE, ya que ha sufrido, desde su publicación, pequeñas modificaciones para adecuarse a ellos.

Posteriormente, debido a la gran cantidad de normativa europea existente sobre instalaciones industriales contaminantes, se hizo necesario aprobar una nueva Directiva que simplificara y esclareciera las leyes existentes, la Directiva 2010/75/UE, de 24 de noviembre, sobre  las emisiones industriales.

La Directiva 2010/75/UE en España

Los aspectos básicos de esta última Directiva se incorporaron recientemente al derecho español, mediante la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modificaron las Leyes 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la 22/2011,  de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Además, los puntos más técnicos se introdujeron mediante el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Este Real Decreto busca una mayor simplificación administrativa y una reducción de los plazos de obtención del AAI, además de proporcionar mayor protección al suelo y a las aguas subterráneas y también exige que las instalaciones sean inspeccionadas y controladas.

El capítulo III del Real Decreto, relacionado con la inspección y control, es especialmente novedoso ya que se ha definido un inspector ambiental que puede colaborar con entidades que demuestren su capacidad técnica.

Asimismo, se han establecido valores límite de emisión de las instalaciones de incineración y co-incineración de residuos y de grandes instalaciones de combustión. Para el resto de sectores industriales no se especifican estos valores límite, pero deberán ser establecidos en la AAI por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma.

Además, incorpora nuevas actividades industriales en el alcance del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR-España) y nuevos conceptos como el “cese temporal de la actividad de la instalación”. Por último, se han incluido importantes mejoras relacionadas con la participación y la información públicas.

Todos estos cambios y actualizaciones, tienen un objetivo claro: alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente. ¿Lo conseguiremos?

Fuentes: Directica 96/61/CE / Directiva 2008/1/CE / Ley 16/2002 / Directiva 2013/75/UE / Ley 5/2013 / RD 815/2013 / Flickr

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