Cada cual en su lugar

Si no existe una vía habilitada expresamente para ellos –un carril bici, por ejemplo- los ciclistas deben prestar atención a las características de la vía por la que circulan. Si van por vía urbana, deberán pegarse lo máximo posible a la derecha de la calzada, de tal forma que la distancia permita un adelantamiento seguro por parte del resto de vehículos que circulan por la calzada. La misma premisa se exige cuando se saca la bicicleta a una vía interurbana, con la diferencia de que en estos casos es obligatorio circular por el arcén en caso de haberlo. Por otra parte, hay que decir que solo los ciclistas mayores de 14 años pueden circular por autovia, siempre que lo hagan por el arcén y no exista prohibición expresa al respecto. El incumplimiento de esta o cualquier otra ley de tráfico podrá conllevar multas de hasta 200 euros. Por último, cabe destacar que cualquier ciclista que circule por una vía peatonal, y no pueda mantener una distancia prudentes con el resto de viandantes, deberá coger su bici y seguir el camino a pie.

Importante, deja que te vean

En lo referido al alumbrado, la norma para los ciclistas es la misma que para el resto de conductores ya que deberán llevar sus bicicletas correctamente iluminadas si circulan por la noche, durante el ocaso y la salida del sol, en vías urbanas e interurbanas insuficientemente iluminadas o por pasos inferiores o túneles. En circunstancias de este tipo el ciclista también deberá llevar una prenda reflectante para reforzar la seguridad. El objetivo es que tanto él como su bicicleta sean identificables a una distancia de 150 metros. Las luces y elementos reflectantes con los que deberá contar una bicicleta son los siguientes:

-Una luz de posición blanca en la parte delantera.

-Una luz de posición roja en la parte trasera.

-Un catadióptrico rojo en la parte trasera que no sea triangular.

-Catadióptricos amarillos en los radios de las ruedas y en los pedales (opcionales).

 

No circular con las luces correspondientes es una falta que puede acarrear el pago de una multa de 80 euros, y hacerlo sin el chaleco reflectante correspondiente puede ser penado con una sanción de 200 euros.

 

Siempre con casco

Los ciclistas están obligados a llevar puesto un caso debidamente homologado cuando circulen por vías interurbanas, al igual que sus pasajeros (niños menores de siete años que viajen sentados en una silla igualmente homologada). Sin embargo, esta norma guarda una serie de excepciones que justifican el no llevar casco, en situaciones de extremo calor, en rampas ascendentes y siempre y cuando un médico lo haya recomendado.  Incumplir esta exigencia supone una falta que se puede sancionar con 200 euros.

Uno y como mucho dos

Como norma general no se pueden llevar pasajeros en una bicicleta. Sí es posible, sin embargo, viajar acompañado de un menor de siete años siempre y cuando éste vaya sentado en un sillín debidamente homologado y correctamente instalado en la bici y siempre y cuando el conductor de la misma sea mayor de edad.

 

El móvil no es una opción

No está permitido circular en bicicleta utilizando el teléfono móvil o haciendo uso de uno o varios auriculares. El incumplimiento de esta norma conlleva el pago de una multa de 200 euros.

 

Siempre señalizando 

Mientras circula, el ciclista está obligado a señalizar todas sus maniobras para así hacérselo saber al resto de ocupantes de la vía. Si lo que va a hacer es girar a la derecha deberá hacerlo constar levantando su brazo derecho dejando la palma de la mano mirando hacia abajo. También puede señalizar este giro levantando el brazo izquierdo y doblándolo hacia arriba. En el caso de que el ciclista vaya a efectuar un giro hacia la izquierda, deberá indicarlo utilizando los brazos a la inversa. En este último caso hay que tener en cuenta una serie de consideraciones. Si el giro a la izquierda se va efectuar en una vía de doble sentido en la que está permitido este tipo de maniobras, el ciclista deberá efectuarlo pegándose lo máximo posible al eje central de la calzada. Si por el contrario el giro se va a efectuar en una vía interurbana en la que no existe un carril habilitado para ello, deberá abandonar la calzada colocándose a la derecha de la misma para empezar el giro desde ahí. Por otra parte, si lo que se va a señalizar es una parada brusca, habrá que hacerlo levantando y bajando rápidamente cualquiera de los dos brazos.

 

¿Se puede ir en paralelo? 

Se puede siempre y cuando lo hagan dos personas y no obstaculicen la marcha normal de otros vehículos o haya tráfico complicado o condiciones de visibilidad reducida. Por otra parte, cabe decir que los ciclistas, al adelantar, deberán guardar una distancia de un metro y medio del vehículo que están rebasando. Esta distancia es la misma que tienen que mantener los coches y motocicletas con respecto a los ciclistas cuando les adelante.

Los límites están para respetarlos

La norma establece que el ciclista tiene que respetar los límites de velocidad fijados para cada vía, nunca rebasando los 45 km/h, que es la velocidad máxima a la que pueden circular las bicicletas. Sobrepasar este límite puede acarrear el pago de una multa por lo que, si bien no es obligatorio, sí que es recomendable que los ciclistas cuenten con un velocímetro.

 

Al manillar, “0” alcohol

Circular en bicicleta bajo los efectos del alcohol o de otras sustancias psicotrópicas es una falta grave que acarrea el pago de una multa de 500 euros. La tasa máxima de alcohol en sangre que se les permite a los ciclistas es de 0.5 g/l, 0.25 mg. por cada litro de aire expirado, estando obligados a detenerse y a someterse a la prueba de alcoholemia en caso de ser requeridos a ello por los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. No hacerlo conllevaría el pago de otra multa de 500 euros.

 

Sin puntos

Aunque el ciclista cometa una larga lista de infracciones, nunca se le sustraerán puntos del carnet. Esto es así porque la ley establece que sólo se podrán quitar puntos a aquellas personas que circulen conduciendo un vehículo para el que sea necesario contar con una licencia de conducción específica, caso de los coches o de las motos, pero no de las bicicletas.

El actual gobierno ha introducido cambios en la Ley de Tráfico. Se endurecen las sanciones económicas contra los conductores que conduzcan bajo los efectos de las drogas y el alcohol. La multa pasa de los 500 a los 1.000 euros.

FUENTES: Elaboración propiaFransainz

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