Nuevo Reglamento de la UE

El 1 de enero de 2011 entró en vigor el nuevo Reglamento 626/2011 relativo a los equipos de aire acondicionado. El objetivo principal es establecer los requisitos para el etiquetado y el suministro de información adicional sobre estos aparatos conectados a la red eléctrica con potencia nominal inferior a los 12 kW, es decir, los de ámbito doméstico.

La nueva reglamentación era necesaria. Por una parte, la tecnología ha permitido un nivel de eficiencia que ha superado ampliamente las previsiones que se habían hecho para el diseño del antiguo etiquetado. Por otro, los equipos de aire acondicionado no siempre se encuentran trabajando a máxima potencia, ni funcionan en el mismo régimen a lo largo del año. Sin embargo, estos aspectos no eran tenidos en consideración en el cálculo de la eficiencia energética de los equipos.

Principales novedades del etiquetado

Las novedades más relevantes incluidas por el Reglamento en el sistema de etiquetado actual son las siguientes:

– Nuevas categorías de calificación energética. Antes del último Reglamento, los equipos con rendimientos superiores a otros con etiqueta “A” no podían destacarse sobre los demás. A partir de este nuevo reglamento ya pueden obtener una mejor calificación energética, debido a que el nuevo sistema de etiquetado incluye nuevas categorías (“A+”, “A++”, “A+++”).

– Se considera el régimen de funcionamiento de los equipos. Para saber si un determinado equipo es o no eficiente, se debe estimar el consumo tanto si trabaja a máxima potencia como si trabaja a medio régimen, evaluando su impacto sobre el consumo anual.

– Doble etiquetado energético. Los aparatos que proporcionan tanto calor como frío deberán tener una doble etiqueta energética, debido a los diferentes climas en Europa. Para la producción de frío habrá una única etiqueta, dado que los rendimientos apenas varían con el clima. Sin embargo, en la producción de calor el rendimiento resulta mucho más variable, por lo que deberá considerarse la zona climática en cada caso.

Todos los equipos de aire sujetos a las indicaciones del Reglamento 626/2011 deben incluir en el punto de venta la etiqueta del fabricante en la parte frontal o superior del aparato, de manera claramente visible.

Convivencia del antiguo y el nuevo etiquetado

Este nuevo Reglamento resulta de aplicación en aquellos equipos puestos en mercado con fecha posterior al 1 de enero de 2013. Los equipos puestos en mercado con anterioridad a dicha fecha, podrán conservar el anterior formato de etiquetado.

Y tú, ¿eres eficiente?, ¿miras el etiquetado energético a la hora de comprar un equipo de aire acondicionado?

Fuentes: Twenergy/ Reglamento 626/2011 / Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)

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